Convenios internacionales
Los convenios internacionales de seguridad social son acuerdos bilaterales o multilaterales regulados por el Derecho Internacional Público, que tienen por objeto la protección de los trabajadores migrantes en materia previsional.
El Banco de Previsión Social es el organismo de enlace en Uruguay encargado de realizar las gestiones ante los organismos de enlace de los otros países. En la actualidad existen varios convenios vigentes y otros en proceso de ratificación.
Ley N° 14.803.
Publicado en Uruguay en el Diario Oficial N° 20.297 de 24/07/1978.
Vigencia: 12/07/1978..
Nota: no deroga Convenios de Seguridad Social anteriores.
Ley Nº 18.560 de 21/09/2009.
Publicado en Uruguay en el Diario Oficial N° 27.819 de 21/09/2009.
Ratificación: 24/05/2011.
Depósito SEGIB: 26/07/2011.
Vigencia: 01/10/2011.
- Acumulación de períodos de servicio en distintos Estados Parte.
- Traslados temporarios de trabajadores.
- Pago de jubilaciones y pensiones en el exterior sin quitas ni retenciones.
- Gestiones de oficio (solicitud de jubilaciones independientes).
Ley N° 17.207 del 24/09/1999.
Publicado en Uruguay el 04/10/1999.
Suscrito el 14/12/1997.
Vigencia: 01/06/2005.
- Acumulación de períodos de servicio en ambos países.
- Traslados temporarios de trabajadores dependientes.
- Pago de jubilaciones y pensiones en el exterior sin quitas ni retenciones.
- Gestiones de oficio (solicitudes de jubilaciones independientes)
Ley 19.222 de 13/06/2014.
Vigencia: 01/02/2015
- Acumulación de períodos de servicio en ambos países.
- Traslados temporarios de trabajadores dependientes y por cuenta propia.
- Pago de jubilaciones y pensiones en el exterior sin quitas ni retenciones.
- Gestiones de oficio (solicitud de jubilaciones independientes, etc.).
Ver el Acuerdo Multilateral de Seguridad Social del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social.
Ley N° 18.798 de 19/08/2011. Publicado en Uruguay en el Diario Oficial N° 28.306 de 13/09/2011. Vigencia: 01/12/2011.
- Acumulación de períodos de servicio en ambos países.
- Traslados temporarios de trabajadores dependientes.
- Pago de jubilaciones y pensiones en el exterior sin quita ni retenciones.
- Gestiones de oficio (solicitudes de jubilaciones independientes, etc.)
Ley N° 18.305 del 18/06/2008. Publicado en Uruguay en el Diario Oficial N° 27.513 del 26/06/2008. Vigencia: 01/08/2009.
- Acumulación de períodos de servicio en ambos países.
- Traslados temporarios de trabajadores dependientes.
- Pago de jubilaciones y pensiones en el exterior sin quitas ni retenciones.
- Gestiones de oficio (solicitudes de jubilaciones independientes, etc.).
Consultar el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social
Ver el Acuerdo Multilateral de Seguridad Social del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social.
Ley N° 17.331 del 09/05/2001.
Publicado en el Diario Oficial N° 25.763 del 16/05/2001.
Vigencia: 01/01/2002.
- Acumulación de períodos de servicio en ambos países.
- Traslados temporarios de trabajadores dependientes.
- Pago de jubilaciones y pensiones en el exterior sin quitas ni retenciones.
- Gestiones de oficio (solicitudes de jubilaciones independientes, etc.)
Ley N° 17.439 del 28/12/2001.
Publicado en Uruguay en el Diario Oficial N°25.925 del 08/01/2002.
Vigencia: 01/10/2005.
- Acumulación de períodos de servicio en ambos países.
- Traslados temporarios de trabajadores dependientes.
- Pago de jubilaciones y pensiones en el exterior sin quitas ni retenciones.
- Gestiones de oficio (solicitudes de jubilaciones independientes, etc.)
Ley N° 19.958 del 18/06/2021.
Publicado en Uruguay en el Diario Oficial N° 30.712 del 28/06/2021.
Vigencia: 01/11/2021.
- Acumulación de períodos de servicio en distintos Estados Parte.
- Traslados temporarios de trabajadores dependientes y por cuenta propia.
- Pago de jubilaciones y pensiones en el exterior sin quitas ni retenciones.
- Gestiones de oficio (solicitud de jubilaciones independientes).
Aprobado por Resolución Nº 106/006 de fecha 30/01/2006.
Publicado en Uruguay el 03/02/2006.
- Acumulación de períodos de servicio en ambos países.
- Traslados temporarios de trabajadores.
- Pago de jubilaciones y pensiones en el exterior sin quitas ni retenciones.
- Gestiones de oficio (solicitudes de jubilaciones independientes, etc.)
A) Ley N°17.144 del 09/08/1999.
Publicado en Uruguay en el Diario Oficial N° 25.338 del 18/08/1999.
Acuerdo Administrativo del 08/06/1999.
Vigencia: 01/01/2000.
Consultar el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social.
- Acumulación de períodos de servicio en ambos países.
- Traslados temporarios de trabajadores dependientes.
- Pago de jubilaciones y pensiones en el exterior sin quitas ni retenciones.
- Gestiones de oficio (solicitudes de jubilaciones independientes, etc.)
Consultar el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social.
Consultar el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social.
Ley N° 17.112 del 08/06/1999.
Publicado en Uruguay en 18/06/1999, Diario Oficial N° 25.295.
Vigencia: 01/04/2000.
- Acumulación de períodos de servicio en ambos países.
- Traslados temporarios de trabajadores dependientes.
- Pago de jubilaciones y pensiones en el exterior sin quitas ni retenciones.
- Gestiones de oficio (solicitudes de jubilaciones independientes, etc.)
Consultar el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social.
Ley N° 19.568 del 10/01/2017.
Vigencia: 01/11/2018.
- Acumulación de períodos de servicio en ambos países.
- Traslados temporarios de trabajadores independientes y dependientes.
- Pago de jubilaciones y pensiones en el exterior sin quitas ni retenciones.
- Gestiones de oficio (solicitudes de jubilaciones independientes, etc.)
Acuerdo de Pago de Pasividades.
Intercambio de Notas Reversales entre los Gobiernos de EE.UU. y Uruguay del 02/07/93 aprobando Acuerdos de Pagos de Pasividades.
Vigencia: 02/07/1993.
- Pagos de jubilaciones y pensiones a los pasivos radicados en ambos países sin quitas ni retenciones
Ley N° 18.923 de 11/07/2012.
Vigencia: 01/07/2014
- Acumulación de períodos de servicio en ambos países.
- Traslados temporarios de trabajadores dependientes.
- Pago de jubilaciones y pensiones en el exterior sin quitas ni retenciones.
- Gestiones de oficio (solicitudes de jubilaciones independientes, etc.)
Ley N° 16.775 del 01/10/1996.
Acuerdo Administrativo firmado en Atenas el 15/04/1994.
Vigencia: 01/03/1997.
- Acumulación de períodos de servicio en ambos países.
- Traslados temporarios de trabajadores dependientes.
- Pago de jubilaciones y pensiones en el exterior sin quitas ni retenciones.
- Gestiones de oficio (solicitudes de jubilaciones independientes, etc.)
Ley N° 18.269 del 19/04/2008.
Ley N° 20.003 del 24/11/2021.
Vigencia : 01/06/2008.
- Acumulación de períodos de servicio en ambos países.
- Traslados temporarios de trabajadores dependientes.
- Pago de jubilaciones y pensiones en el exterior sin quitas ni retenciones.
- Gestiones de oficio (solicitudes de jubilaciones independientes, etc.)
Ley N° 17.206 del 14/09/1999.
Vigencia: 01/11/1999.
- Acumulación de períodos de servicio en ambos países.
- Traslados temporarios de trabajadores dependientes.
- Pago de jubilaciones y pensiones en el exterior sin quitas ni retenciones.
- Gestiones de oficio (solicitudes de jubilaciones independientes, etc.)
Ley N° 15.021 de 05/06/1980.
Acuerdo Administrativo del 01/10/1985.
Vigencia: 01/06/1985.
- Acumulación de períodos de servicio en ambos países.
- Traslados temporarios de trabajadores dependientes.
- Pago de jubilaciones y pensiones en el exterior sin quitas ni retenciones.
- Gestiones de oficio (solicitudes de jubilaciones independientes, etc.)
Ley N° 19.920 de 13/06/2014.
Vigencia: 01/09/2014.
- Acumulación de períodos de servicio en ambos países.
- Traslados temporarios de trabajadores dependientes y por cuenta propia.
- Pago de jubilaciones y pensiones en el exterior sin quitas ni retenciones.
- Gestiones de oficio (solicitudes de jubilaciones independientes, etc.)
Ver el Acuerdo Multilateral de Seguridad Social del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social.
Resolución N° 088/2014 del 17/02/2014.
Aprobado por el Poder Ejecutivo en Uruguay el 17/02/2014.
Vigencia: 01/03/2014.
Consultar el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social.
- Acumulación de períodos de servicio en ambos países
- Traslados temporarios de trabajadores dependientes.
- Pago de jubilaciones y pensiones en el exterior sin quitas ni retenciones.
- Gestiones de oficio (solicitudes de jubilaciones independientes, etc.)
Resolución N° 473/987 del 20/05/1987.
Vigencia: 01/12/1987.
Consultar el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social.
- Acumulación de períodos de servicio en ambos países.
- Traslados temporarios de trabajadores dependientes.
- Pago de jubilaciones y pensiones en el exterior sin quitas ni retenciones.
- Gestiones de oficio (solicitudes de jubilaciones independientes, etc.
Consultar el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social.
Ley Nº 19.742 del 13/05/2019.
Vigencia: 01/01/2022
- Acumulación de períodos de servicio en distintos Estados Parte.
- Traslados temporarios de trabajadores dependientes y por cuenta propia.
- Pago de jubilaciones y pensiones en el exterior sin quitas ni retenciones.
- Gestiones de oficio (solicitudes de jubilaciones independientes, etc.).
Se acordó el texto del Convenio y se encuentra en vías de ser firmado.
Aún no vigente.
- Acumulación de períodos de servicio en ambos países.
- Traslados temporarios de trabajadores dependientes.
- Pago de jubilaciones y pensiones en el exterior sin quitas ni retenciones.
- Gestiones de oficio (solicitudes de jubilaciones independientes, etc.)
Vigencia: 01/01/2002.
- Acumulación de períodos de servicio en ambos países.
- Traslados temporarios de trabajadores dependientes.
- Pago de jubilaciones y pensiones en el exterior sin quitas ni retenciones.
- Gestiones de oficio (solicitudes de jubilaciones independientes, etc.)
Ley Nº 16.140 de 05/10/1990
- Devolución de los aportes realizados a la Seguridad Social después de 12 meses de la salida definitiva del país
Ley N° 19.219 del 04/06/2014.
Vigencia: 01/04/2015
- Acumulación de períodos de servicio en ambos países.
- Traslados temporarios de trabajadores dependientes.
- Pago de jubilaciones y pensiones en el exterior sin quitas ni retenciones.
- Gestiones de oficio (solicitudes de jubilaciones independientes, etc.)
Suscrito el 20/05/1997.
Vigencia: 24/09/1997.
Invitamos a consultar la información que brinda el Banco de Previsión Social haciendo clic aquí. Si prefiere atención personalizada puede contactarnos a través de nuestra línea gratuita de asistencia telefónica 0800 2888.
Fuente: Banco de Previsión Social (01.06.2023)