Preguntas Generales

¿Puedo retirar mi ahorro de AFAP?

El saldo de la cuenta de ahorro en la AFAP tiene como único objetivo el pago de jubilaciones y prestaciones del trabajador afiliado, la normativa que regula el Sistema Previsional Común no habilita a otros destinos. Por lo tanto, no es posible el retiro de los fondos de la cuenta de ahorro individual.

Sin embargo, la nueva Ley 20.130 establece ciertas excepciones que sí permiten el acceso anticipado a parte del saldo de la cuenta de ahorro individual de la AFAP:

• Se establece la posibilidad de retiro de capital para aquellos afiliados que están comprendidos en el Régimen Jubilatorio Anterior, en la Convergencia de Regímenes para la configuración de causal normal y en las causales anticipadas que, habiendo configurado causal jubilatoria, opten por postergar el momento de su jubilación como mínimo por tres años. Estas personas podrán retirar el 9% del saldo acumulado de su cuenta de ahorro individual obligatorio de la AFAP, así como en la de ahorro voluntario y complementario.

• Las personas afiliadas que padezcan una enfermedad terminal y puedan acreditarlo, podrán recibir una prestación mensual a término por 36 meses, que podría triplicar lo que percibiría por una jubilación normal. El pago está a cargo de la AFAP y se financia con el saldo ahorrado del afiliado.

 

 

 

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