Preguntas Generales

Principales modificaciones que introduce la Reforma Previsional

  • Aumenta la edad mínima necesaria para acceder a la jubilación normal a 65 años, aunque existen excepciones que permiten acceder antes de esa edad. Las personas ya jubiladas, retiradas y pensionistas de todas las entidades previsionales no sufrirán cambios de ningún tipo en sus prestaciones. Encontrá aquí más información sobre los requisitos para acceder a la jubilación.
  • Se modifica el cálculo del sueldo básico jubilatorio para el tramo de solidaridad. Se tomarán en cuenta los mejores 20 años de aportes. La forma de cálculo para el tramo de ahorro individual no se modifica, al igual que hasta ahora se calculará teniendo en cuenta: el saldo que haya acumulado en su cuenta de ahorro individual, la tabla de expectativa de vida, la probabilidad de generar pensiones de sobrevivencia, la tasa de interés y el tope de márgenes de utilidad de la aseguradora que correspondan. La jubilación por AFAP no tiene tope y el monto que se cobra mes a mes es vitalicio.
  • Se modifica la distribución de aportes para los trabajadores que ingresen al mercado de trabajo en una actividad amparada por alguna de las entidades de Seguridad Social (1) a partir del 1/12/2023.
  • Se crea el Subfondo de Crecimiento. Los aportes destinados al Fondo de Ahorro Previsional se verterán exclusivamente en el Subfondo de Crecimiento hasta que el afiliado cumpla 41 años de edad, momento a partir del cual el saldo acumulado en su cuenta de ahorro individual será transferido al Subfondo de Acumulación.
  • Se crea el Suplemento solidario y se establece un nuevo régimen de Ahorro voluntario y complementario.
  • Se crea la Agencia Reguladora de Seguridad Social (ARSS).
  • Se posibilita continuar en actividad luego de jubilarse, cumpliendo ciertas condiciones previstas en la ley.
  • Se habilita el acceso anticipado a parte o la totalidad del saldo ahorrado, cumpliendo ciertas condiciones previstas en la ley.


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(1) Entidades de Seguridad Social comprendidas: Banco de Previsión Social, Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas, Dirección Nacional de Asistencia y Seguridad Social Policial, Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias, Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios y Caja Notarial de Seguridad Social.

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