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Glosario previsional
2008-11-13T16:13:00

Accionista
Propietario de una o varias acciones de una sociedad que lo acreditan como socio.
Los accionistas de República AFAP son el BROU (51%), el BPS (37%) y el BSE (12%).


AFAP
Las AFAP son Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional. Son sociedades anónimas encargadas de administrar los fondos de ahorro de los trabajadores afiliados y de otorgar las prestaciones y beneficios establecidos en la ley.

Afiliado
Persona que actualmente trabaja o que trabajó en algún momento y que se encuentra incorporada al Sistema Previsional Mixto mediante un contrato firmado con alguna AFAP.

Aguinaldo
Es un sueldo extra que se paga a todo trabajador anualmente. También es conocido como sueldo anual complementario. En general se cobra en dos partes: junio y diciembre. Al aguinaldo también se le realiza el descuento correspondiente por aporte jubilatorio.

Aportes bonificados
Ver Servicios bonificados.

Aporte convenido
Es un aporte único o periódico que el empleador o cualquier persona física o jurídica realiza a la cuenta de ahorro individual del trabajador, previo acuerdo entre ambos. La finalidad de estos depósitos es incrementar el ahorro acumulado en la cuenta personal del trabajador.

Aporte jubilatorio
Es un aporte que todo trabajador formal realiza con el fin de obtener una futura jubilación. Éste puede ser un aporte obligatorio, un aporte voluntario o un aporte convenido.

Aporte neto
Es el aporte que realiza el trabajador a la AFAP, descontada la comisión por administración, la prima de seguro y la custodia cobradas. Este aporte es el que se invierte y genera ganancia.

Aporte obligatorio - Montepío
Es un aporte que todos los trabajadores deben realizar mes a mes para su futura jubilación. Es, en todos los casos, el 15% del salario nominal gravado. Si el trabajador no está afiliado a una AFAP, todo el aporte va al Banco de Previsión Social (BPS). Si el trabajador está afiliado, ese mismo aporte se distribuye entre el BPS y la AFAP. En el caso de los afiliados a una AFAP, se aporta hasta un tope (ver Nivel de aportación) y el resto del salario estaría exento.

Aporte voluntario
Es un aporte adicional que puede realizar el trabajador con el objetivo de mejorar su futura jubilación. Cada trabajador puede elegir la cantidad de dinero que desea aportar y la frecuencia con que desea hacerlo (incluso puede hacer un aporte por única vez). Sobre los aportes voluntarios, República AFAP no cobra comisión por administración.

Artículo 8
Es un artículo que permite la afiliación voluntaria al sistema, a quienes no están obligados por ley.
Existen tres niveles de aportación y en función de ellos varía el porcentaje del aporte que va al Banco de Previsión Social (BPS) y el que va a la AFAP. El Artículo 8 de la Ley 16.713 modifica la distribución del aporte del afiliado, permitiendo que ingrese a la AFAP mayor cantidad de dinero, haciendo crecer la cuenta del trabajador. El afiliado tiene el derecho de elegir voluntariamente la adhesión a este artículo.

Niveles de aportación

Aseguradora

Es la empresa que se encarga de pagar los seguros, las jubilaciones y las pensiones de los afiliados a las AFAP. Como su nombre lo indica, las Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional sólo administran el dinero de los trabajadores; es la aseguradora la encargada de otorgarle este dinero al afiliado una vez que así corresponda (ya sea por concepto de pensión, jubilación, seguro de invalidez y fallecimiento o haber sucesorio). Actualmente, la única empresa aseguradora que brinda estos servicios es el Banco de Seguros del Estado (BSE).

Asignación de jubilación
Es el monto de la jubilación. Este valor surge de aplicarle al sueldo básico jubilatorio, un porcentaje que varía en función de la cantidad de años trabajados y de la edad de la persona al momento de jubilarse.

Asignación de oficio - Afiliación de oficio
Si un trabajador está obligado por ley a afiliarse a una AFAP y no lo hace voluntariamente, el Banco de Previsión Social (BPS) actúa de oficio, afiliándolo a una AFAP. Están obligados a afiliarse a una AFAP todas las personas que sean menores de 40 años al 1º de abril de 1996 o que ingresen al mercado laboral por primera vez, en ambos casos con un salario nominal mayor al primer nivel de aportación (ver Nivel de aportación).

Asignación de pensión
Es el monto de pensión. Este valor surge de aplicarle al sueldo básico de pensión el correspondiente porcentaje, según la característica del beneficiario de pensión.

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