Obligaciones y derechos del trabajador

Obligaciones y derechos del trabajador

La relación laboral entre empleadores y trabajadores está regulada por leyes específicas, algunas de ellas han tenido modificaciones a lo largo del tiempo. Es recomendable que repases tus derechos y obligaciones para tenerlos presentes cuando estés por entablar una nueva relación laboral. Al final de este texto encontrarás las direcciones y teléfonos de algunas instituciones a las que podés recurrir si tenés alguna duda o problema en tu relación laboral.

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Orientación laboral
2009-11-17T21:03:00

Obligaciones

  • Realizar la tarea para la cual se te contrata a través de un uso correcto de las instalaciones, maquinarias y herramientas de la empresa.
  • Cumplir el horario establecido.
  • Cumplir la reglamentación de la empresa para el puesto de trabajo, respetando la vestimenta, las medidas de seguridad, etc. Colaborar en la empresa para el buen desarrollo de su trabajo.

Derechos

  • Figurar en la planilla de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), o del INAU si sos menor de edad. En esa planilla se anota tu horario de trabajo, tus descansos y el sueldo real que te van a pagar.
  • Estar inscripto en el Banco de Previsión Social para generar derechos a la seguridad social, como la jubilación y el Seguro de Paro. Esta inscripción la tiene que realizar la empresa para la cual trabajás.
  • Elegir libremente una AFAP.
  • Inscribirte en el Fondo Nacional de Salud (Fonasa) para tener derecho a la atención de tu salud.
  • Tener un horario de trabajo que sea respetado, y si tenés que trabajar más horas, tenés derecho a cobrar horas extra.
  • Cobrar un salario por 8 horas de trabajo igual o mayor que el Salario Mínimo Nacional; y / o al Salario Mínimo · Colectivo acordado entre la empresa y el sindicato, en caso de que exista.
  • Descanso anual y descanso semanal.
  • Cobrar medio aguinaldo en junio y en diciembre; y salario vacacional cuando salís de licencia.
  • Afiliarte al sindicato, si así lo decidís.

A partir de octubre de 2008 todos los trabajadores de la actividad privada tienen derecho a una licencia especial por estudio:

  • Si trabajás 48 horas a la semana te corresponden 12 días al año como mínimo.
  • Si trabajás entre 36 y 48 horas a la semana te corresponden 9 días al año como mínimo.
  • Si trabajás hasta 36 horas a la semana te corresponden 6 días al año como mínimo.
  • Esta licencia debe tomarse en forma fraccionada, como máximo 3 días por cada examen o prueba. Para gozar de este derecho debés tener al menos 6 meses de antigüedad en la empresa.

Teléfonos útiles (Montevideo)

Banco de Previsión Social - 1997

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
- 2916 26 81/ 2991

INAU/ Depto. Laboral (permiso de menor) - 2903 25 33/ 2903 17 40

Documentos asociados:

Descarga la guía de empleo elaborada por el MTSS y la DINAE, con herramientas para la búsqueda de empleo
Guia_empleo_MTSSyDINAE.pdf

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