Acceso anticipado al ahorro voluntario y complementario

Acceso anticipado al ahorro voluntario y complementario

Acceso anticipado al saldo ahorrado
2023-07-27T10:38:00

La Ley 20.130 establece que se podrá acceder anticipadamente a parte o la totalidad de los saldos de las cuentas de ahorro voluntario y complementario, en caso de:

  • Enfermedades graves del titular o de quienes pudieren resultar beneficiarios de pensión de sobrevivencia.
  • Incapacidad absoluta y permanente para todo trabajo, en cuyo caso, a opción del afiliado, la entidad administradora podrá reintegrar los fondos acumulados en su cuenta de ahorro voluntario o podrá acceder a una prestación de pago periódico financiada con dicho saldo.
  • Situaciones de desempleo de larga duración del titular no cubierto por los beneficios de seguridad social.
  • Si el titular fuera desalojado de la vivienda que habita.

La reglamentación, en la que se encuentra trabajando el Poder Ejecutivo, establecerá la forma en que se implementarán estas modificaciones.

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