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Preguntas frecuentes

1. ¿Qué requisitos se piden para afiliarse a una AFAP?

2. ¿Qué edad tengo que tener para jubilarme?

3. Me despidieron de mi trabajo. ¿Qué pasa con el dinero que está en mi cuenta?

4.Con el nuevo beneficio para madres, ¿me puedo jubilar antes de los 60 años de edad?


1. ¿Qué requisitos se piden para afiliarse a una AFAP?

El único requisito que se exige es estar registrado en BPS. Cumpliendo este requisito podés afiliarte voluntariamente. Es importante que tengas en cuenta que no a todos los trabajadores les conviene. A través de nuestra línea gratuita 0800 2888 podés consultarnos y te asesoraremos.

También es importante que tengas en cuenta que la ley estipula que algunos trabajadores están obligados a afiliarse a una AFAP. Son aquellos trabajadores cuyo trabajo nominal supere el nivel 1 de aportación y además: a) sean menores de 40 años al 1 de abril de 1996, o b) sin importar la edad, hayan ingresado al mercado laboral después del 1 de abril de 1996 en una actividad amparada por el BPS.


2. ¿Qué edad tengo que tener para jubilarme?

Las causales jubilatorias son:
Causal común – Como mínimo se exigen 60 años de edad y 30 años de servicios registrados en la historia laboral. Los requisitos de edad y de años de servicio no tienen porqué darse en forma simultánea pero sí deben cumplirse los dos al momento de solicitar la causal jubilatoria.

Causal por edad avanzada – hoy en día se puede acceder a esta causal con 65 años de edad (anteriormente se exigían 70). La cantidad de años de trabajo requeridos varía en función de la edad de la persona que solicita la jubilación.

 Edad de la persona

 Años de trabajo

 70

 15

 69

 17

 68

 19

 67

 21

 66

 23

 65

 25



Jubilación parcial por ahorro – esta causal permite jubilarse a los 65 años de edad por el tramo de la AFAP, y no se necesita tener un mínimo de años aportados. Si lo desea, la persona puede jubilarse por el tramo de la AFAP y seguir trabajando hasta completar los requisitos de la causal común y jubilarse por el tramo del BPS.

 

3. Me despidieron de mi trabajo. ¿Qué pasa con el dinero que está en mi cuenta?

La cuenta de ahorro es individual y te pertenece, no perdés la cuenta por perder tu trabajo. Cuando retomes la actividad laboral automáticamente volverán a llegar tus aportes a la cuenta, sin necesidad de hacer ningún trámite.

Tu cuenta de la AFAP sigue activa generando ganancia, aunque estés desempleado y por ello no ingresen aportes en forma mensual. El saldo que ya tenés generado sigue creciendo producto de las inversiones y la rentabilidad que te da República AFAP. Lo que sucede es que al no ingresar aportes nuevos a tu cuenta, no crece tan rápido como es esperado.

Este crecimiento lo vas a poder ver en el estado de cuenta que la AFAP te seguirá enviando cada seis meses.

4. Con el nuevo beneficio para madres, ¿me puedo jubilar antes de los 60 años de edad?

 

No. La facilidad que incorpora la ley para el acceso a la jubilación de las madres refiere al cómputo en la cantidad de años de trabajo, no en la edad.

Con la nueva ley, a las mujeres se les computa un año adicional de servicio por cada hijo propio o adoptado siendo menor o discapacitado, con un máximo de 5 años.
De este modo, una mujer que haya tenido tres hijos tendrá tres años fictos computados como trabajados para alcanzar el acceso a la jubilación. Es así que deberá acreditar 27 años de servicios más para alcanzar los 30 años exigidos por la causal común, siempre con 60 años de edad como mínimo.