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El Sistema Mixto

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El actual sistema previsional es un sistema mixto, compuesto por dos tramos de aportación que van a conformar la jubilación del trabajador.

Estos tramos son:

El tramo de solidaridad intergeneracional, que es administrado por el Banco de Previsión Social y al cual todos los trabajadores tienen la obligación de aportar. Este tramo mantiene las características del sistema anterior y hace posible que, además de las jubilaciones y pensiones, se paguen algunas prestaciones de carácter "no contributivo" (pensión a la vejez e invalidez, asignaciones familiares, etc).

El tramo de ahorro individual complementa al tramo del BPS y constituye una novedad, ya que el trabajador tiene a su nombre una cuenta en una AFAP (Administradora de Fondos de Ahorro Previsional). Muchos trabajadores están obligados por su edad y salario a aportar a una AFAP, y los que no lo están, podrán igualmente abrir una cuenta de ahorro si lo creen conveniente.

El aporte jubilatorio es el 15% del salario nominal, manteniéndose este porcentaje en todos los casos. Lo que podrá variar es el destino de ese aporte: queda en su totalidad en el BPS o se distribuye entre el BPS y la AFAP.

El BPS es el organismo que recauda los aportes de los trabajadores y luego deriva a las AFAP (Administradora de Fondos de Ahorro Previsional), el dinero correspondiente a cada cuenta de ahorro. La Administradora, mediante la inversión de esos ahorros, deberá procurar para sus afiliados una mejor jubilación. Estas empresas se desempeñan dentro del mercado, en régimen de libre competencia, controladas por el Banco Central del Uruguay y bajo la normativa de la ley 16713.
Las AFAP deberán informar periódicamente a sus afiliados sobre el dinero que llega a sus cuentas y la rentabilidad obtenida por su gestión en los períodos reportados. El afiliado podrá, si así lo desea, cambiar de administradora en caso de no estar conforme con la "performance" lograda o con el servicio recibido de su administradora. El cambio no le implica al afiliado ningún costo, simplemente deberá solicitar la baja y traspasar su cuenta íntegra a la AFAP de su elección.
Al finalizar la vida laboral, el trabajador deberá elegir una aseguradora para que le pague mes a mes la jubilación generada por este tramo, mientras que el BPS será quien pague en sus oficinas el tramo complementario.

El tramo de ahorro individual, incorpora al sistema algunas ventajas:

  • No tiene topes al momento de asignar montos de jubilación
  • Se cobra en directa relación a lo aportado
  • La cuenta es propiedad del trabajador y es inembargable por ley
  • El dinero siempre es utilizado en beneficio del propio afiliado o de su entorno familiar
  • La cuenta se puede heredar como cualquier otro bien.

Escribinos a servicios@rafap.com.uy o llamanos al 0800 2888 y te informaremos más detalladamente.