Preguntas frecuentes
|
3.¿Qué beneficios tengo en el Sistema Previsional Mixto?
4. ¿Me conviene afiliarme a una AFAP si recién empiezo a trabajar?
5. ¿Cómo es el sistema previsional? ¿Puedo estar en BPS y AFAP al mismo tiempo?
1. ¿Qué es una AFAP?
AFAP significa “Administradora de Fondos de Ahorro Previsional”. Son empresas que administran parte del aporte de los trabajadores afiliados para que en el futuro tengan una mejor jubilación.
Las AFAP y el BPS forman en conjunto el actual Sistema Previsional, llamado Sistema Previsional Mixto.
En la AFAP, cada afiliado tiene una cuenta a su nombre y sus aportes como trabajador son enriquecidos con las ganancias de las inversiones que realiza la administradora. Estas inversiones son reguladas por ley y controladas por el Banco Central del Uruguay.
2. ¿Mi dinero está seguro?
Sí, tu dinero está seguro porque el Sistema fue creado con importantes garantías. El Sistema Previsional uruguayo está regulado por la Ley 16.713 que establece los siguientes controles y garantías:
3. ¿Qué beneficios tengo en el Sistema Previsional Mixto?
1.Complementariedad: Los dos regímenes jubilatorios que componen el Sistema Previsional Mixto se complementan entre sí. El valor de la solidaridad (BPS) se complementa con el beneficio del ahorro en una cuenta personal (AFAP) para mejorar la futura jubilación de los trabajadores.
2.Propiedad de la cuenta individual: Cada trabajador afiliado al Sistema Mixto tiene en su AFAP una cuenta de ahorro individual a su nombre que le pertenece. Esa cuenta de ahorro es inembargable por ley.
3.El saldo de la cuenta de ahorro es heredable: Siempre que no genere pensión, el saldo de la cuenta individual es heredable, lo que significa que lo ahorrado en la AFAP siempre beneficia al trabajador, a su familia o sus herederos.
En el régimen de ahorro individual lo que el trabajador genere en su cuenta es de su propiedad, y por tanto si éste muere y no tiene beneficiarios de pensión, ese dinero sigue el destino de cualquier otro bien del trabajador: lo hereda su familia.
4.Más opciones para acceder a la jubilación: Los afiliados a una AFAP tienen la posibilidad de acceder a una jubilación con solo haber cumplido 65 años de edad, sin necesidad de acreditar una determinada cantidad de años de trabajo. Esta causal jubilatoria es llamada “jubilación parcial”, y permite que el trabajador pueda jubilarse por el régimen de ahorro individual y continuar aportando por el régimen de solidaridad intergeneracional (BPS) hasta alcanzar los requisitos de la jubilación común y también acceder a esta jubilación.
Esta posibilidad puede solucionar el ingreso de un trabajador que sólo trabajó formalmente 14 años, con lo cual no logrará configurar ninguna causal por el régimen de solidaridad intergeneracional.
5.Garantías del sistema: El Sistema Previsional uruguayo está regulado por la Ley 16.713 que prevé múltiples mecanismos de control para que las AFAP desempeñen su tarea con las máximas garantías:
El Banco Central del Uruguay (BCU) es el encargado de custodiar los valores y controlar que las actividades de las AFAP respeten la normativa legal.
6.Control de la cuenta: Obligatoriamente dos veces al año la AFAP le envía a sus afiliados el estado de cuenta oficial, un documento en el que se puede controlar cómo va creciendo el ahorro. Además, el trabajador puede controlar que efectivamente la empresa en la que trabaja haya realizado aportes a la Previsión Social en tiempo y forma.
7.Valor agregado: El dinero de la cuenta de ahorro es invertido responsablemente por la AFAP para generar ganancia y así hacer crecer el ahorro de cada trabajador, lo que resultará en una mejor jubilación en el futuro.
8.Jubilación por AFAP sin topes: Por el régimen de ahorro individual el afiliado percibe una jubilación en relación directa a lo ahorrado en su cuenta, lo cual estará compuesto por los aportes realizados por el afiliado hasta ese momento, sumados a la rentabilidad de las inversiones que realizó la AFAP hasta ese momento. De esta forma, la jubilación por ahorro individual no tiene un tope superior predeterminado.
9.La AFAP devuelve el aporte en exceso por multiempleo: Los afiliados a una AFAP aportan el 15% de su sueldo nominal, pero sólo hasta el nivel 3 de aportación ($94.854 al 1/2/2013). Si un trabajador tiene dos o más empleos y la suma de sus sueldos nominales supera ese nivel, la AFAP le devuelve en efectivo lo que aportó de más.
4. ¿Me conviene afiliarme a una AFAP si recién empiezo a trabajar?
Para ayudarte a tomar la decisión es importante saber qué edad tenés y qué sueldo nominal percibís. El Sistema Mixto resulta más conveniente cuanto más joven es la persona. Debés tener en cuenta que es posible que estés obligado a afiliarte.
El Sistema Mixto establece que están obligados a afiliarse todos los trabajadores cuyo salario nominal supere el nivel 1 (hoy $31.618) y que son menores de 40 años al 1° de abril de 1996 o que, sin importar la edad, hayan ingresado al mercado laboral por primera vez en una actividad amparada por el BPS después del 1º de abril de 1996.
Si no estás obligado podés afiliarte voluntariamente. Antes de tomar la decisión te recomendamos pedir un asesor al 0800 2888 para analizar tu caso particular y evaluar si te conviene la afiliación.
Es importante que tengas en cuenta que:
a) Todo trabajador debe obligatoriamente aportar un 15% de su sueldo nominal a la Previsión Social para su futura jubilación. Si te afiliás a una AFAP ese 15% se divide entre el BPS y la AFAP, de manera que aportando lo mismo podrás tener una mejora en tu jubilación.
b) La jubilación que se cobra por el tramo de la AFAP está en directa relación con lo que el trabajador haya ahorrado en su cuenta. Es por esto que resulta mucho más ventajoso empezar a ahorrar desde temprano, que esperar hasta cumplir los requisitos que obligan a la afiliación. Si el trabajador demora en afiliarse, se está perdiendo de ahorrar más dinero, de que ese dinero se invierta y así obtener mayor ganancia. Cuanto más tiempo aporte un trabajador a la AFAP y cuanto más dinero logre reunir en su cuenta de ahorro, mejor será su futura jubilación.
5. ¿Cómo es el sistema previsional? ¿Puedo estar en BPS y AFAP al mismo tiempo?
Sí, porque el actual sistema previsional es mixto, dado que se compone de dos tramos que se complementan: el régimen solidario del BPS con el ahorro individual administrado por la AFAP. De esta manera, el Sistema Previsional Mixto combina las ventajas de ambos regímenes para darle al trabajador una mejor jubilación en el futuro.
Todos los trabajadores están obligados a aportar al BPS. Este organismo es el encargado de recibir el aporte del trabajador, llevar su historia laboral y ser el único organismo en pagar algunas prestaciones “no contributivas” como pensión a la vejez e invalidez, asignaciones familiares, etc.
Además de aportar al BPS, muchos trabajadores están obligados por su edad y salario a aportar a una AFAP. Aquellos que no están obligados pueden igualmente afiliarse si lo creen conveniente. En cualquier caso, los trabajadores siempre aportan a la seguridad social el 15% de su sueldo nominal, sin importar si aportan solo al BPS o al BPS + AFAP.
La AFAP se encarga de administrar la cuenta de los trabajadores con el fin de aumentar el ahorro en cada una de ellas. Para esto, la AFAP invierte responsablemente el dinero de las cuentas y luego vuelca en ellas la ganancia obtenida de las inversiones.
Las cuentas administradas por la AFAP son propiedad de cada trabajador y nunca se pierden. Siempre lo beneficiarán a él, a su familia o a sus herederos.
6.¿Cuándo me puedo jubilar?
En el Sistema Previsional Mixto existen varias formas de acceder a la jubilación, cada una con sus requisitos.
Causal común — Como mínimo se exigen 60 años de edad y 30 años de servicios registrados en la historia laboral. Los requisitos de edad y de años de servicio no tienen porqué darse en forma simultánea pero sí deben cumplirse los dos al momento de solicitar la jubilación.
Causal por edad avanzada — Se puede acceder a esta causal a partir de los 65 años de edad. La cantidad de años de trabajo requeridos varía en función de la edad de la persona que solicita la jubilación.
|
Edad de la persona |
Años de trabajo |
|
65 |
25 |
|
66 |
23 |
|
67 |
21 |
|
68 |
19 |
|
69 |
17 |
|
70 |
15 |
Jubilación parcial por ahorro — Esta causal permite jubilarse a los 65 años de edad por el tramo de la AFAP, y no se necesita tener un mínimo de años aportados. Si lo desea, la persona puede jubilarse por el tramo de la AFAP y seguir trabajando hasta completar los requisitos de la causal común y jubilarse también por el tramo del BPS.
7.¿Me puedo cambiar de AFAP?
Sí, y no tiene ningún costo para el afiliado. Todo trabajador afiliado a una AFAP puede cambiarse de AFAP cuantas veces quiera. El único requisito para ello es que hayan ingresado al menos 6 aportes mensuales a su cuenta.
Para hacer efectivo el cambio el afiliado debe dirigirse personalmente a su actual AFAP y solicitar el traspaso. Allí le entregarán un formulario y su estado de cuenta, que deberá traer a la AFAP a la que quiere afiliarse. En ese momento el trabajador será afiliado a su nueva AFAP y todo el saldo de su cuenta de ahorro será traspasado a la nueva administradora sin sufrir ninguna pérdida.